CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 219 del Código Penal, al imputado LENIN ALBERTO RAMOS VALENCIA, Venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 05-09-1.977, de 27 años de edad, de profesión u oficio Pescador, residenciado en la Urbanización Villa Rosa, Sector H, Vereda 84, casa S/N, cerca del tanque de Villa Rosa, Municipio García del Estado Nueva Esparta, titular de la Cédula de Identidad N° 12.675.692, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. Y le fija un REGIMEN DE PRUEBA, por el lapso de UN (01) AÑO, a tenor de lo previsto en el último aparte del artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, y como consecuencia de ello conforme a los ordinales 1º y 8° y aparte infine, de dicha norma adjetiva penal, durante dicho lapso deberá cumplir con las siguientes condiciones: 1º) Residir en su lugar de habitac.....