"En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por incoada por los ciudadanos GUILLERMO RAFAEL PADILLA MARQUEZ, y CARMEN ROSA PEREZ CRUZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 13.225.617 y V.- 13.043.119 respectivamente, asistidos de la abogada LUISA MUJICA, inpreabogado bajo el número 43.496, mediante la cual solicitan se declare el Divorcio conforme a la interpretación realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 02.06.2015 respecto del articulo 185 del Código Civil; y como consecuencia de ello, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA, contraído en fecha 04.....