¿ LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, proceda a la designación de un Defensor Judicial a la demandada, ciudadana MARIA DE LOS REYES VILLEGAS DURAN, a los fines que asuma dicha defensa, y aperture nuevamente el lapso probatorio.
Queda de esta manera revocada la decisión apelada.
No se hace especial pronunciamiento en costas procesales en virtud de lo decidido.