PRIMERO: INADMISIBLE la apelación que con fecha 17 de abril del 2006 (folio 73) propuso la ciudadana ZAYRA DOMINGUEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-4.252.040, de este domicilio, en contra del fallo proferido con fecha 10 de abril del dos mil seis por el Tribunal de la causa Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en la cual se declaró sin lugar la cuestión previa de "litispendencia" contemplada en el numeral 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil y opuesta por la referida demandada.-
SEGUNDO: Sin lugar la apelación que con fecha 17 de abril del 2006 (folio 73) propuso la ciudadana ZAYRA DOMINGUEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-4.252.040, de este domicilio, en contra de la decisión dictada con fecha 10 de abril del 2006 por el Tribunal de la causa Juzgado Primero de Los Municipios Mariño, Ga.....