En consecuencia, y por los argumentos antes explanados, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE EL HABEAS DATA solicitado por la ciudadana ISIRIS ANTONIA ROJAS DE NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.819.186, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia .
En consecuencia, se ordena oficiar a la Asesoría Jurídica Nacional del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con anexo de todas las actuaciones del presente expediente, a los fines de que la ciudadana ISIRIS ANTONIA ROJAS DE NUÑEZ, sea excluido del Sistema Integrado de Información Policial, de forma inmediata y obtener la exclusión de los registros policiales que fueron realizados por el requerimiento .....