VI
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR DECLARACIÓN DE CONCUBINATO intentó el ciudadano, RAFAEL JOSÉ INFANTE MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.692.833, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra los ciudadanos MARIA ALEJANDRA INFANTE GONZÁLEZ, RAFAEL ALEJANDRO INFANTE GONZÁLEZ, YOLEIDA MARIA TORRES DE NÚÑEZ y FREDDY GUILLERMO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.061.631, V-12.307.570, V-7.601.587 y V-8.500.829, respectivamente, de igual domicilio, POR VÍA DE CONSECUENCIA, este juzgado declara que entre los ciudadanos RAFAEL JOSÉ INFANTE MORENO y NEIDA JOSEF.....