IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR, la RECUSACIÓN propuesta por la abogada MERCELINA FARÍA PADRÓN, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CONSORCIO AMAZONAS, C.A., en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA DE INTIMACIÓN), intentara la Sociedad Civil AGROPECUARIA SAN JOSÉ DE LA MATILLA, C.A. (AGROSAJOMA, C.A.), en contra de la Sociedad Mercantil CONSORCIO AMAZONAS, C.A., recusación interpuesta en contra de la Dra. EILEEN LORENA URDANETA NÚÑEZ, en su condición de JUEZ del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Se impone al recusante una multa de DOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 2,00) que se pagará dentro de los tres (03) días de despa.....