Con mérito en los argumentos antes expuestos este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR: La demanda incoada por la S.M. INVERSIONES TORTORIELLO, C.A., (INTOCA), inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 31 de marzo de 1982, Nº 65, tomo 9-A, en la persona de su Vicepresidenta FLOR MARIA JURADO DE TORTORIELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 1.932.594, de este domicilio, representada legalmente por los abogados GIUSEPPE BOVE y LUISANA HIDALGO venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado Nros. 117.277 y 135.943 respectivamente y de este domicilio, en contra del ciudadano ZAKI AHMAR, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.509.117, de este domicilio, por DESALOJO. En cons.....