DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la falta de cualidad alegada por la representación judicial de la parte demandada UNIVERSIDAD DEL ZULIA.-
SEGUNDO: Sin Lugar la demanda que por AJUSTE DE SALARIO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana RITA MARGARITA RIVERA SANCHEZ, en contra de LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA, (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales).
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.