Una vez alli constituido no se procedio a notificar e imponer a persona alguna debido a que se encontraba una aglomeracion de personas que impiden el acceso al interior de la empresa.- Se deja constancia que hicieron acto de presencia distintos medios de comunicacion.- Siendo las 12:59 minutos de la tarde a transcurrido un lapso de tiempo considerable, el tribunal deja constancia que es imposible ingresar al interior de la empresa motivado a la multitud de personas presentes en el sitio y que se dirigian al personal que integra este tribunal junto a la policia regional del Estado Zulia y de la Guardia Nacional de una manera hostil.- En este Estado presente la abogada MARILU RAMIREZ, en su caracter de apoderada judicial de la parte actora expuso: En virtud a la situacion presentada en el sitio indicado para la ejecucion de la medida y la imposibilidad de accesar al interior de la empresa debido a la aglomeracion solicito al tribunal se abstenga de ejecutar la medida, suspender la misma .....