Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, PRIDE INTERNACIONAL C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 31 de mayo de 2007; y, por vía de consecuencia,
¿ SIN LUGAR, la demanda interpuesta por la parte actora, TRANSPORTE VIDA C.A. (TRAVILCA) contra la Empresa PRIDE INTERNACIONAL C.A., ambas identificadas en actas.
¿ Queda de esta manera REVOCADA la sentencia apelada.
¿ Se condena en costas procesales a la parte actora de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido vencida en la present.....