DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 502 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el artículo 500 ejusdem, de oficio concede como fórmula alternativa de cumplimiento de pena la LIBERTAD CONDICIONAL por aplicación de MEDIDA HUMANITARIA, a favor del ciudadano CARLOS PASTOR GUEDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.877.466, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, ROBO PROPIO y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, tipificado en los artículos 460 del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos en concordancia con lo dispuesto en el último aparte del artículo 82 ejusdem, artículos.....