Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1) CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la Procuradora Agraria Regional I del Estado Zulia, en representación del ciudadano ANGEL RAMÓN LARREAL, en el juicio que por DERECHO DE PERMANENCIA instaurara la sociedad mercantil "AGROPECUARIA LA V, S.A", en contra de los ciudadanos SIMÓN MONTES, HERLINDA MARGARITA SALAS, FIDEL GARCÍA GARCÍA, MANUEL MONTIEL y OTROS DESCONOCIDOS (SIC.), todos ya identificados en el texto del presente fallo con excepción de los "OTROS DESCONOCIDOS".
2) PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 1º del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
3) En consecuencia, por cuanto se ha declarado extinguida la instancia en esta causa, este Superior Jerárquico REVOCA la Resolución dictad.....