Mediante auto se ordenó la devolución de la presente comisión en virtud a la diligencia presentada por la abogada DIGNA ARRIECHE, en la cual participa haber recibido las llaves del inmueble objeto de la medida de desalojo. Se libró oficio N° 667-2005 al Juzgado Primero del Municipio Iribarren del Estado Lara, remitiendo anexo el presente asunto cumplido como ha sido, constante de diecisiete (17) folios útiles; conforme lo ordenado en auto de esta misma fecha.