este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil., se levanta la medida de Embargo preventivo decretado en fecha 24 de Agosto del 2004 y se ordena oficiar al ciudadano Juez Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo, Gómez, Díaz y Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que envié a la brevedad posible la comisión que le fuera enviada en fecha 24-08-2004, mediante oficio Nº 2940-327 y una vez que conste en auto dicha comisión se archivará el presente Expediente.-
El Juez Temporal,
Dr. Vicente Ordaz Villarroel.-
El Secretario,
Br. Alfredo José Rodríguez F.-
En esta misma fecha, Catorce de Diciembre del Dos Mil Cuatro, se envió oficio Nº 2940-524 al ciudadano Juez Ejecuto.....