En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONMUTA el resto de la pena que le queda por cumplir al penado WILMER JOSE SALAZAR SALAZAR, por CONFINAMIENTO, fijando su residencia en la siguiente dirección CALLE PRINCIPAL, FRENTE A LA ENLATADORA DE SARDINA, EL BICHAR, ISLA DE COCHE, ESTADO NUEVA ESPARTA. , por un lapso que durará desde la presente fecha, hasta el día 12 DE FEBRERO DE 2005, fecha en la cual cumple la totalidad de la pena principal impuesta, y a partir de dicha fecha hasta el día 24 DE ABRIL DE 2005, fecha del cumplimiento de las penas accesorias de Ley, debiendo presentarse ante la Prefectura del Municipio correspondiente a la entidad donde residirá, con la periodicidad que determine la referida Autoridad Civil, la cual no podrá exceder de una vez por .....