este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano De Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación N° CMO-132/2013, DE FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 2013, dictada por el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL) – DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES (DIRESAT) DE ANZOÁTEGUI, SUCRE Y NUEVA ESPARTA. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. TERCERO: Notifíquese a la parte recurrente, TRANSPORTE Y MAQUINARIA LA ISLA, C.A.; al Procurador General de la República, mediante EXHORTO librado a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Área Metropolitana de Caracas; y a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Anzoátegui, S.....