En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada en fecha 08-11-2.013, por los abogados en ejercicio ZULY BUITRAGO MORA y/o FREDDY RANGEL RODRIGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.V-9.223.831 y V- 12.678.515, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 31.140 y 80.557, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y por la otra Sociedad Mercantil ABASTOS Y LICORERIA LA FIESTA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 20 de Marzo de 1.996, bajo el N° 278, Tomo III, Adic A, e inscrita en el registro de información fiscal N° J-30330274-2, representada por la ciudadana ROSA JOSEFINA HERNANDEZ CASTILLO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 4.394.223, de este domicilio, asistidas por el abogado en ejercicio JAIRO MARCANO HERNANDEZ, venezo.....