Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1) IMPROCEDENTE el Conflicto Negativo de Competencia planteado por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS por las razones ya fundamentadas en la parte expositiva de la presente decisión; y en consecuencia
2) SE ORDENA REMITIR INMEDIATAMENTE EL PRESENTE EXPEDIENTE ORIGINAL AL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS.-
No se hace especial pronunciamiento sobre las Costas Procesales, dada la naturaleza del fallo decidido.-