Por los hechos y fundamentos de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento, Cobro de Bolívares y Daños y Perjuicios, que sigue el ciudadano IZZI BLITZ BERCOVSKI, en contra del ciudadano JUAN CARLOS RINCÓN, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se declara resuelto de pleno derecho el Contrato de Arrendamiento autenticado ante la Notaria Publica Octava del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha cuatro (04) de noviembre de 2005, anotado con el número 84, Tomo 153 de los libros de autenticaciones, sobre el inmueble constituido por un apartamento.....