DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO:INADMISIBLE por falta de firma en el escrito libelar de partición de comunidad concubinariapresentada por el por el ciudadano VICTOR DAVID DIAZ NAVARRO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 310.867, representando a la ciudadana NILEIDA CHIQUINQUIRA BOHORQUEZ PINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números V-10.421.791, domiciliada en Los Estados Unidos de América, todo de conformidad con los artículos 106 y 107 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del presente proceso.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada del presente fallo por Secret.....