Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano ALEXIS GUERRA MARCANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.654.149, en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil MATERIALES ALEXIS, C.A., plenamente identificada en el cuerpo de la solicitud, debidamente asistido por la Dra. YAHAIDA FIGUEROA PIMENTEL, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 52.418; el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado; en consecuencia le imparte la Homologación al Desistimiento de conformidad con lo establecido por el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, igualmente se ordena la devolución del Cheque de Gerencia N° 00030810 del Banco Caroní por la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES (B.F. 10.000,00).- Cúmplase.-