resuelve:
• Designar Curador Ad Hoc de la niña (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD), al ciudadano RUBEN ANTONIO MEDINA SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.034.911, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil. Así se decide.
Publíquese y Regístrese.