este Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación de la parte accionante, ciudadanos HERMES JOSE MATA, JAVIER HERNANDEZ y otros, contra la empresa COMPAÑÍA ANONIMA HIDROLOGICA DEL CARIBE C.A. (HIDROCARIBE).
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de Apelación ejercido por la representación de la empresa COMPAÑÍA ANONIMA HIDROLOGICA DEL CARIBE C.A. (HIDROCARIBE).
TERCERO: Se confirma la decisión publicada en fecha 20-03-2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, se condena a la empresa COMPAÑÍA ANONIMA HIDROLOGICA DEL CARIBE C.A. (HIDROCARIBE), pagar a los accionantes, el Bono de Eficiencia correspondiente a los años 1999, 2000 y 2001, estableciéndose que al tribunal que le corresponda su ejecución, .....