En sustento a las antes motivaciones del presente thema decidendum, este tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Control de este circuito judicial penal del Estado Zulia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Primero: Decretar procedente en derecho la providencia cautelar innominada de Desalojo de forma inmediata de personas desconocidas que se encuentran ocupando de manera ilegal el inmueble propiedad de la empresa mercantil Metro de Maracaibo, CA, representada por el Presidente Francisco Urbina Nava, siendo edificada y construida por la empresa CONSTRUCTORA CRESMO C.A, victimas en el delito Investigado por el Ministerio Público, condición esta que se refleja a través de la documentación respectiva, en el caso del Inmueble o terreno donde se realizo la Construcción de los edificios Invadidos, propiedad de METRO MARACAIBO (METROMARA), según consta de documento Registrado por ante la Oficina de Registro Inm.....