DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar Perimida la Instancia en la presente demanda por Intimación de Honorarios Profesionales Judiciales, intentada por el ciudadano AMÉRICO URDANETA PAZ, en contra del ciudadano MANUEL VILLALOBOS, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se hace constar que el Abogado en ejercicio AMÉRICO URDANETA PAZ, actúo en su propio nombre y representación.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Có.....