DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEXTO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la Acción Mero declarativa o de certeza en cuanto a la Relación Jurídica incoada por el ciudadano ALBERTO SEGUNDO GONZALEZ MELEAN y la UNIVERSIDAD DEL ZULIA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas dada la Naturaleza del fallo.
TERCERO: Se ordena Notificar al ciudadano Procurador General de la República Boliviana de Venezuela de la sentencia dictada por este Tribunal.
Publíquese y Regístrese.