Este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO, de Apelación ejercido por la parte demandada recurrente en contra de la decisión de fecha cuatro (04) de julio del año 2008, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia SEGUNDO: SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA. TERCERO: SIN LUGAR, la prescripción. CUARTO: CON LUGAR, la demanda de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. QUINTO: Se condena al pago de costas procesales a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 60 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.