Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la solicitud de exequátur presentada por la ciudadana YENYFER CAROLINA VELAZQUEZ DE BERMUDEZ, de sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2020 por Concesión Administrativa de Divorcio de mutuo acuerdo, emitido por el Vigésimo Tribunal del Circuito Judicial, en y para el Condado de Lee, Florida, de los Estados Unidos de América, en virtud de no haber cumplido con la consignación de la documentación e información requerida por ser necesaria para la sustanciación. No obstante, se advierte a los interesados que pueden acudir nuevamente a este órgano jurisdiccional dando cumplimiento a lo requerido, y solicitar de nuevo la ejecutoria de la sentencia extranjera a fin de que.....