Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción de amparo ejercida por los Abogados ANTONIO AGUADO y DOLORES BRITO, representantes del ciudadano José Luis Navarro Quevedo.
Notifíquese a las partes, y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias a los catorce (14) días del mes de septiembre de dos mil doce (2012).