DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos NENFE JOSEFINA FUENMAYOR DE ORTEGA y RICHARD ENRIQUE ORTEGA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-13.004.173 y V-14.116.655, respectivamente, domiciliados en la Parroquia Caracciolo Parra Pérez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal y como consta en Acta de Matrimonio Nro. 260.
Publíquese. Regístrese. Incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales .....