DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y citados, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículo 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara suficiente el derecho que le corresponde a los ciudadanos TISVET DEL CARMEN MUÑOZ DE FRASCARELLA, JESUS ALFREDO FRASCARELLA MUÑOZ y ALFREDO JESUS FRASCARELLA MONTIEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas nros. V-5.828.226, V-18.873.980 y V-16.781.670, respectivamente, la primera en su condición de cónyuge del causante y los últimos en su condición de descendientes, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus el ciudadano ALFREDO DE JESUS FRASCARELLA VILLALOBOS, quien en.....