DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda interpuesta por CAROLINA BOSCÁN SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 10.916.608 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia en contra del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y se ordena a la parte querellada el pago de la cantidad DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 2.338.600, oo), lo que equivale actualmente a la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. F. 2.338, 60) por concepto de indemnización por retardo en el pago de las prestaciones sociales.
Se acuerda la corrección monetaria de la cantidad condenada a pagar antes ordenada, mediante experticia complementaria d.....