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Decisiones del dia 14/08/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : VP01-L-2007-002699 N° Sentencia : 100 Fecha: 14/08/2008
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
ANA FUENMAYOR VS. INPROCA
Resumen:
En el día hábil de hoy, 14 de Agosto de 2008, siendo las 2:25 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana ANA FUENMAYOR asistida por la apoderada judicial abogada Mery Pérez e INPROCA en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Marcelo Marín, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada pagará el día 22/08/08 a la 1:00 p.m. la cantidad de once mil bolívares fuertes (Bs.F. 11.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.
Juez/Ponente:
Antonio Barroso
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
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N° Expediente : VP01-L-2007-002700 N° Sentencia : 101 Fecha: 14/08/2008
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
MARITZA VALBUENA VS. INPROCA
Resumen:
En el día hábil de hoy, 14 de Agosto de 2008, siendo las 2:25 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana MARITZA VALBUENA asistida por la apoderada judicial abogada Mery Pérez e INPROCA en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Marcelo Marín, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada pagará el día 22/08/08 a la 1:00 p.m. la cantidad de once mil bolívares fuertes (Bs.F. 11.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.
Juez/Ponente:
Antonio Barroso
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
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