Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Revisión de Medida Privativa de Libertad impuesta a ALEXIS JOSE FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 22.126.020, fecha de nacimiento 24/02/1985, de 22 años de edad, Soltero, Nacionalidad Venezuela, natural de Maracaibo, de oficio Obrero, hijo de JUDITH FERNANDEZ Y JOSÉ MANUEL NUÑEZ, residenciado en el Sector Los Cortijos, vía al Kilómetro 12 de Perija, barrio Las Piedritas, a tres cuadras de la Escuela Bolivariana Carlos Andrés Mata, San Francisco Estado Zulia, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 417 del Código Penal, cometido en cometido en perjuicio del ciudadano MAURICIO GONZALEZ.
Regístrese esta decisión en el Libro respectivo; compúlsense.....