En virtud de lo ante expuesto, este juzgador EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Homologa el presente convenimiento, le el carácter de cosa juzgada y declara terminado el presente juicio, que por OBLIGACION ALIMENTARIA, sigue ROSALIA ESPERANZA MUÑOZ LEON, contra ALEXANDER DAUL DIAZ VIVAS, a favor de los menores ALEXANDRA ROSA ANGELICA, ALEXANDER JUNIOR DIAZ MUÑOZ Y ALEJANDRA ROSA ANGELICA DIAZ MUÑOZ. Se acuerda oficiar al Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Empresa SUELOPETROL C.A para que haga las retenciones antes mencionadas, Asimismo se ordena oficiar al Banco Banfoandes para aperturar una cuenta de ahorro a nombre de este Juzgado a beneficio de los menores y autorizando a la madre para su movilización.-ASI SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Santa Bárbara de Zulia, a los Catorce (14).....