... En efecto, los solicitantes deben alegar y demostrar el peligro de infructuosidad para que sea procedente la medida cautelar solicitada, es decir, demostrarle al juez que es necesaria la medida para que no quede ilusoria la ejecución del fallo, lo cual debe alegar y demostrar el solicitante prima faciem y en forma anticipada, para que el juez utilice sus poderes cautelares discrecionales y decrete la medida, y al no hacerlo los solicitantes, resulta improcedente la medida solicitada, pues la sola presunción del derecho reclamado, no es suficiente para el decreto de la medida.
Una vez analizada la solicitud de la medida preventiva, a juicio de quien decide, la parte actora no demuestra el peligro de infructuosidad (Periculum in mora), como requisito necesario para el decreto de la medida preventiva, por lo tanto, es a todas luces improcedente la medida cautelar solicitada. Así se decide.
Por lo antes expuesto, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanc.....