´DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO instaurados por los ciudadanos OSMEL ANTONIO ALVARADO TORRES e IVIANNYS MAIRIVIS OBERTO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-23.450.861 y V-26.105.356, con teléfono móvil 0412-5119176 y 0412-4735026, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistidos por el profesional del derecho ORLANDO ANTONIO ALVARADO TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.272.961, domicilio en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
SEGUNDO: En consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos OSMEL ANTONIO ALVAR.....