"en tal virtud, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, declarar:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud incoada por la Doctora Angélica Pérez Herrera, Fiscal VIII del Ministerio Público especializada en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a requerimiento del ciudadano JAVIER JOSE GOMEZ RODRIGUEZ, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 15.202.235, Asi se decide.
SEGUNDO: Se designa CURADORA AD-DOC de la niña JAVIEXYS ANTHONELLA GOMEZ ROJAS, nacida en fecha 09.06.2010, a la ciudadana DILIA GOMEZ, titular de la cédula de identidad número 11.145.670, quien prestó el correspondiente juramento de Ley"