Por los fundamentos expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por los profesionales del derecho EGDALY YUDITH GUANIPA y HOMER ANTONIO GUANIPA, en su carácter de defensores privados de los ciudadanos DARWIN RAMÓN HERNÁNDEZ DÍAZ, portador de la cédula de identidad No. V- 19.625.388, JOSÉ DAVID MODERO MORALES, portador de la cédula de identidad No. V- 26.417.888 y LUÍS ALBERTO ROMERO HERNÁNDEZ, portador de la cédula de identidad No. V- 26.201.962.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión Nº 5C-423-16, de fecha 28.04.2016, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual entre otras consideraciones, decretó medida de privación judicial preventiva de li.....