PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación interpuesta en fecha 03 de abril de 2008, por el abogado Alfredo Herrera Lobo, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil Matadero Frigorífico Catatumbo, Sociedad Anónima (MAFRICA, S.A.), contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 27 de marzo de 2008, en el juicio de Cobro de Bolívares (Vía Ejecutiva) seguido por el ciudadano Joe Louis Cardozo Ysea, en contra de la Sociedad Mercantil Matadero Frigorífico Catatumbo, S.A. (MAFRICA, S.A.), todos antes identificados.
SEGUNDO: CONFIRMA PARCIALMENTE la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 27 de marzo de 2008.
TERCERO: No existe condena en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.