Este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, AUTORIZA el TRASLADO de JUNIOR JOSE NIETO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.324.132, al Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Eduardo Herrera” ubicado en la Av. El Cerro, Casa Nº 85-10, Quinta Ilusión”, Urbanización El Trigal, Teléfono 0241/8422932, Valencia, Estado Carabobo, a los fines que continué con el proceso de inducción correspondiente, de acuerdo a lo previsto en el Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario, donde continuara cumpliendo las condiciones impuestas. Remítase copia anexa a oficio a los Directores de ambos Centros de Tratamientos Comunitarios. Notifíquese al penado, fiscal y defensa. Líbrese las boletas y Oficios. Regístrese. Cúmplase.