DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: REPONE la presente causa al estado de pronunciarse en este mismo fallo sobre su admisibilidad.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de cobro de bolívares incoada por el ciudadano JUAN PARRA DUARTE, actuando en su propio nombre y en representación de terceros, en contra de la ciudadana DORIANNE MARIA CASTELLANO PINEDA, plenamente identificados en actas; en consecuencia, revoca el auto del 10 de mayo de 2012.
TERCERO: declara la INEXISTENCIA de las actuaciones procesales posteriores al día 10 de mayo de 2012, especialmente el acto de convenimiento del día 31 del mismo mes y año.
CUARTO: no se hace expresa condena .....