PARTE DISPOSITIVA
Por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO: DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO, en el juicio que por JUBILACION, que sigue la ciudadana RUBIA MORENO DE MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V.- 4.540.407, en contra de las Sociedades Mercantiles PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A. y PETROLEOS DE VENEZUELA. S.A.
SEGUNDO: Se da por terminada la presente causa y se ordena notificar a la parte actora, y al Procurador General de la Republica.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.