INADMISIBLE el recurso de apelación propuesto por la ciudadana MARIA SULBARAN por intermedio de su apoderada judicial abogada NEGDA GARCÍA, contra decisión de fecha 24 de febrero de 2010, proferida por el JUZGADO DÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, consecuencia de lo cual, se tiene con toda firmeza y vigencia la singularizada decisión definitiva de fecha 24 de febrero de 2010, todo ello de conformidad con los términos explanados en la parte motiva del presente fallo