IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa del numeral 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relacionada con la incompetencia del juez, opuesta por la parte demandada, ciudadanos REGULO LAREZ SALAZAR, ZOIDA JOSE VELASQUEZ DE LAREZ, JESUS SERVIDIO LAREZ SALAZAR, LIDIA GLORIA LAREZ VILLARROEL y CILA ROSA LAREZ VILLARROEL, ya identificados.