Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Competente para conocer el presente recurso de apelación, interpuesto por los Abogados en ejercicio JORGE RODRÍGUEZ y ALFREDO GARCÍA, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de los Terceros Intervinientes en contra del auto de fecha 23 de enero de 2013.
SEGUNDO: Sin lugar el Recurso de Apelación ejercido por los Terceros Intervinientes en contra del auto de fecha 23 de enero de 2013.
TERCERO: Se confirma el auto apelado.
CUARTO: No se condena en costas dada la naturaleza del fallo.