Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
1.) CON LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por la parte demandante recurrente en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha veintitrés (23) de enero de 2008
2.) CON LUGAR LA DEMANDA la calificación de despido intentada por el ciudadano AMABLE ADELSO ARAMBULO VALERO, en contra la sociedad mercantil ASISTENCIA MEDICA DE EMERGENCIA DEL ZULIA, C.A.
3.) SE DECLARA injustificado el despido, en consecuencia, se ordena el reenganche del ciudadano AMABLE ARAMBULO, a sus labores habituales de trabajo, así como el pago de los salarios caídos desde la fecha de notificación de la demandada hasta el efectivo pago o la persistencia del despido.
4) SE REVO.....