III: DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ELBIA YARILIN TOVAR ADAMES e IVAN CAMILO GONZALEZ DOMINGUEZ, anteriormente identificados, en fecha Dieciocho (18) de Diciembre de Dos Mil Catorce (2.014), por ante la Unidad de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Libertador del Municipio Baralt Estado Zulia, acta No. 111.-Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Ci.....