Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO
interpuesto por el ciudadano ANTONIO JOSÉ OÑATEZ CARABALLO contra la Sociedad Mercantil SOCIEDAD ANÓNIMA TECNICA DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL DE LAGUNILLAS (SATECA-LAGUNILLAS), por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO: Se ordena notificar al ciudadano Síndico Procurador Municipal del Municipio Lagunillas de la presente decisión de conformidad con lo contemplado en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por.....